
ISBN: 978-84-1142-194-2
© Ana Rosa López Eiriz, Laura Posada Vázquez
Capítulo I
Legislación
Decreto 50/2022 de 20 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los órganos de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Al Servicio de Salud del Principado de Asturias, SESPA, le corresponde la realización de las actividades sanitarias y la gestión de los servicios sanitarios, conforme a los objetivos y principios de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud, desarrollando sus funciones bajo la supervisión y control de la Consejería competente en materia de sanidad. Define, en sus dos capítulos, sus principios generales y su estructura orgánica y funcionamiento.
Las estructuras orgánicas son, en las administraciones públicas, instrumentos en los que se plasma la potestad de autoorganización de la Administración y a través de los cuales se da carácter normativo a los cambios que son fruto de la adaptación a las necesidades actuales.
En el presente decreto se crea la estructura orgánica cuyo objeto es potenciar la evaluación de las tecnologías sanitarias, la gestión y el desarrollo de los recursos humanos, impulsar los cuidados y la coordinación sociosanitaria, como base de una atención centrada en la persona, la coordinación de la prevención de riesgos laborales y la estrategia digital y de infraestructuras del SESPA.
El artículo 4.j de la citada Ley, atribuye al Consejo de Gobierno la competencia para aprobar la estructura orgánica del SESPA.
Los órganos centrales de dirección y gestión del SESPA son:
- El Consejo de Administración.
- El Consejo de Dirección.
- La Dirección Gerencia.
Para el ejercicio de sus funciones la Dirección Gerencia del SESPA se estructura en los siguientes órganos centrales:
- Secretaría General
- Dirección de Atención y Evaluación Sanitaria.
- Dirección de Profesionales.
- Dirección Económico-financiera y de Infraestructuras.
- Dirección de Coordinación, resultados en Salud y Comunicación.
A la Dirección de Profesionales le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
1. La propuesta, aplicación y desarrollo, en el ámbito del SESPA, de las políticas de personal.
2. La dirección de las relaciones laborales y la negociación colectiva con las representaciones sociales.
3. El desarrollo de los objetivos y contenidos del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SESPA.
4. La elaboración de estudios y propuestas para su elevación a la Dirección del SESPA, para el establecimiento, ordenación, control y actualización de las plantillas y puestos de trabajo.
La Dirección de Profesionales se estructura en las siguientes unidades:
- Subdirección de Profesionales.
- Subdirección de Evaluación y Planificación de Recursos Humanos.
- Unidad de Costes y Sistemas de Información de Personal.
- Oficina de Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral
En la Subdirección de Evaluación y Planificación de Recursos Humanos se configura la Unidad de Selección de Personal.
Corresponde a la Unidad de Selección de Personal, equiparable a una unidad orgánica con rango de servicio, las siguientes funciones:
- Impulsar y tramitar la oferta de empleo público del SESPA de cada ejercicio.
- Impulsar y tramitar las convocatorias de oposiciones de las categorías profesionales de personal estatutario en el ámbito territorial del SESPA.
- Impulsar y tramitar los concursos de traslados del personal estatutario fijo de las diferentes categorías profesionales en el ámbito del SESPA.
- Tramitar las convocatorias de concurso para la provisión de puestos singularizados y mandos intermedios.
- La gestión administrativa de personal en materia de promoción interna, jubilación y situaciones administrativas.
- Desempeñar, en general, todas las funciones que le atribuya la Subdirección de Evaluación y Procesos de Recursos Humanos.
- La gestión de nóminas.
- La gestión y explotación de los sistemas de información de recursos humanos y elaboración de los informes corporativos correspondientes.
- El estudio, control y seguimiento de la incapacidad temporal y e absentismo.
- La realización de los informes sobre las repercusiones económicas de los acuerdos que se establezcan en materia de personal.
- El desempeño de todas aquellas funciones, que dentro de su ámbito, le sean asignadas por la Dirección de Profesionales.
Índice
Capítulo I: Legislación
Capítulo II: Atención, recibimiento y acogida en el Servicio de Personal
Capítulo III: La comunicación como elemento de trabajo
Capítulo IV: Técnicas para una buena comunicación
Capítulo V: Las relaciones profesionales
Capítulo VI: Solución de conflictos en el ámbito laboral