ISBN 978-84-19078-86-5
© Miriam Chamorro Reinoso
» De temprano llegaste, con tu sonrisa y ternura nos recibiste. Una palabra…..un gesto….. de aliento nos diste «.
Introducción
Lo que quisiera demostrar en este libro, es que la implicación de los celadores en las tareas sanitarias es cada vez mayor, debido fundamentalmente a que la idea de la Administración de que el celador sea uno más dentro de los equipos multidisciplinares, asumiendo cada vez mayores responsabilidades en la realización de sus cometidos.
Otro factor que nos afecta, es debido a esa doble dependencia que tiene nuestro colectivo; jerárquica, por un lado, al depender directamente de nuestra jefatura de personal subalterno y funcional, por otro, al estar bajo las ordenes de supervisoras y enfermeras cuando estamos destinados en los distintos servicios. Una dependencia funcional que es utilizada “sutilmente” para vernos como los “perfectos aliados” en donde poder descargar de competencias a otros colectivos sanitarios.
Dejémonos ya de ser celadores con “ATENCIÓN DIRECTA AL ENFERMO” título que acompaña a las nóminas de muchos de nosotros y que no es más que un enmascarado reconocimiento por parte de la Administración de una labor sanitaria que ya realizamos. Nosotros lo demostramos con hechos, pues nuestro trabajo diario a la vista está.
Empecemos a construir desde hoy mismo nuestro propio futuro, no dejemos que nadie lo haga por nosotros. Somos un colectivo preparado para asumir nuevos retos y el principal es ser reconocido como lo que realmente somos: PERSONAL SANITARIO.
Capítulo I
Funciones del celador/a
El Celador suele ser la primera persona con la que contactan enfermos y familiares al llegar a la Institución; de la forma en que se establezca este contacto se puede originar una buena o mala impresión de los mismos. Por eso es necesario la adecuada formación de este personal, tan indispensable en todo el ámbito de las Instituciones por los múltiples servicios que presta.
Sus funciones vienen recogidas en el Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, concretamente en el artículo 14.2. Los Celadores, en el ejercicio de sus funciones:
- Tramitarán o conducirán sin tardanza las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que les sean confiados por su sus superiores, así como habrán de trasladar, en su caso, de unos servicios a otros, los aparatos o mobiliario que se requiera.
- Harán los servicios de guardia que corresponda dentro de los turnos que se establezcan.
- Realizarán excepcionalmente aquellas labores de limpieza que se les encomiende cuando su realización por el personal femenino no sea idónea o decorosa en orden a la situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los objetos o locales a limpiar.
- Cuidarán, al igual que el resto del personal, de que los enfermos no hagan uso indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o instruyéndoles en el uso y manejo de las persianas, cortinas y ´`útiles de servicio en general.
- Servirán de ascensoristas cuando se les asigne especialmente ese cometido o las necesidades del servicio lo requieran.
- Vigilarán las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las personas autorizadas para ello.
- Tendrán a su cargo la vigilancia nocturna, tanto del interior como del exterior del edificio, del que cuidarán estén cerradas las puertas de servicios complementarios.
- Velarán continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las dependencias de la Institución.
- Darán cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que encontraren en la limpieza y conservación del edificio y material.
- Vigilarán el acceso y estancias de los familiares y visitantes en las habitaciones de los enfermos, no permitiendo la entrada más que a las personas autorizadas, cuidando no introduzcan en las Instituciones más que aquellos paquetes expresamente autorizados por la Dirección.
- Vigilarán, asimismo, el comportamiento de los enfermos y de los visitantes, evitando que estos últimos fumen en las habitaciones, traigan alimentos o se sienten en las camas y, en general, toda aquella acción que perjudique al propio enfermo o al orden de la Institución. Cuidarán de que los visitantes no deambulen por los pasillos y dependencias más que lo necesario para llegar al lugar donde concretamente se dirijan.
Índice
Introducción
Capítulo Primero
Capítulo Segundo
Capítulo Tercero
Capítulo Cuarto