Índice

ISBN: 978-84-1142-954-2
© Miriam Díaz Castro, Tatiana Menéndez García, Gemma Sánchez Díaz
Introducción
Son muchas las categorías profesionales del personal estatutario que presta sus servicios en un centro hospitalario, divididas en dos grupos: personal sanitario y personal de gestión y servicios. Dentro del personal sanitario se encuentra el personal facultativo en sus diversas especialidades y el personal sanitario no facultativo, clasificado, a su vez, en personal diplomado universitario y personal técnico. El personal diplomado universitario, hasta el momento actual encuadrado en el subgrupo de clasificación A2, podría verse clasificado en un futuro próximo como A1 si las negociaciones con el Gobierno Central dan los frutos que esperan de sus manifestaciones. Actualmente todas las carreras universitarias son Grados, el plan de Bolonia eliminó de las facultades y escuelas universitarias las Licenciaturas y Diplomaturas, respectivamente.
Y, dentro del personal universitario sanitario no facultativo encontramos a las enfermeras, el grupo más numeroso en un hospital, y los fisioterapeutas, todos bajo la supervisión y gestión de la Dirección de Cuidados y Enfermería. Y el personal sanitario no universitario se subdivide en dos grupos: los Técnicos Superiores, por Ley ubicados en el grupo de clasificación B pero que aún siguen cobrando las retribuciones correspondientes al subgrupo C1; y los Técnicos, clasificados por el Estatuto Básico del Empleado Público como subgrupo C1 pero percibiendo las retribuciones correspondientes al C2, según establecía la normativa derogada Ley 30/1984 de Función Pública. Los Técnicos Superiores tienen especialidades relativas a diferentes servicios hospitalarios: Técnico Superior de Laboratorio Clínico y Biomédico, cuyas funciones se desarrollan en el Área de Gestión Clínica del Laboratorio de Medicina, distribuyéndose por los distintos laboratorios: Laboratorio de Bioquímica, Laboratorio de Hematología, Laboratorio de Respuesta Rápida, Laboratorio de Inmunología, Laboratorio de Genética, Laboratorio de Oncología Molecular y Laboratorio de Microbiología.
Los Técnicos Superiores en Anatomía Patológica están adscritos al Laboratorio de Anatomía Patológica que, en un futuro, se integrará al Laboratorio de Medicina. Los Técnicos Superiores de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear están ubicados en el Servicio de Radiología y en el Servicio de Medicina Nuclear, pudiendo ser solicitantes de empleo temporal en dos bolsas de trabajo diferenciadas y opositores en dos convocatorias diferentes. Los Técnicos Superiores en Radioterapia desarrollan sus funciones en el servicio correspondiente. Las funciones de todos los Técnicos Superiores eran realizadas por las Enfermeras con anterioridad a la existencia de estas titulaciones, en los años ochenta y anteriores.
Los Técnicos son personal de Formación Profesional de nivel medio, son Ciclos Formativos de Grado Medio. En la actualidad están los TCAEs, Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería, el grupo de profesionales que sigue en número a las Enfermeras, y los Técnicos de Farmacia. El EBEP, en el año 2.007 (Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público), que derogó la Ley 30/1984 de Función Pública, en su artículo 76 establece que los Técnicos están clasificados con el subgrupo C1 pero, repetimos, se les sigue retribuyendo con la clasificación de C2 como establecía la normativa derogada por el EBEP. Prácticamente hay una TCAE por cada Enfermera, trabajando ambas en equipo y, al igual que es impensable el trabajo de un médico sin una enfermera que le ayude, es inimaginable el trabajo de una Enfermera sin la colaboración de una TCAE, Auxiliar de Enfermería en la definición antigua de la categoría.
El grupo de profesiones que se integran en el Personal de Gestión y Servicios son categorías no sanitarias, tan esenciales en el funcionamiento de un hospital como las sanitarias. Comenzamos por analizar a grandes rasgos la figura del Celador, visible y presente en todos los Servicios de un hospital. El Celador está clasificado como grupo E, sin necesidad o requisito previo de ninguna titulación para poder integrarse en esta categoría profesional. Las autoras de este libro consideramos que la responsabilidad y las funciones de un celador son tan importantes que alzamos nuestra voz solicitando el reconocimiento de estos profesionales, un reconocimiento que ha de comenzar por la exigencia de una formación profesional del mismo nivel que las TCAEs, Ciclo Formativo de Grado Medio, y sanitario. Probablemente el noventa y cinco por ciento de los celadores prestan atención directa al enfermo, movilizando y transportando a enfermos con distintos niveles de gravedad. Una movilización con mala praxis puede agravar el estado de salud de un enfermo. Las primeras manos por las que pasa un paciente cuando llega a urgencias son las del celador. La movilización de enfermos en UCI la realizan los celadores. El transporte y movilización de un enfermo desde urgencias hasta rayos, cuando aún se desconoce el diagnóstico del paciente, los realizan los celadores. Estos profesionales deben formarse como personal sanitario porque su trabajo consiste en proporcionar cuidados a los enfermos, su responsabilidad en la movilización requiere una formación sanitaria y reglada, no puede basarse, como hasta ahora, “en lo que te vayan enseñando los compañeros”. El trabajo del celador se basa en la atención al enfermo, es una profesión sanitaria aunque no lo esté reconocida y es una aberración seguir manteniendo esta situación.
Otros profesionales no sanitarios son los Auxiliares Administrativos. También estos realizan sus funciones en casi todos los Servicios del hospital: plantas hospitalarias, la secretaria de planta; Laboratorio; Radiología; Dirección de Enfermería y Dirección Gerencia, las secretarias de Dirección; Admisión de Enfermos; Citaciones, etc. Son profesionales encuadrados en el subgrupo de clasificación C2 y titulación requerida de Educación Secundaria Obligatoria.
Los Cocineros de un hospital también son profesionales imprescindibles en el engranaje de ingreso, estancia y curación de los enfermos. No solo son profesionales de la cocina, con los conocimientos específicos de su profesión, también han de tener conocimientos de dietas específicas para determinadas patologías, aunque estén guiados por un dietista. La terminología sanitaria y ciertos conocimientos sobre salud invaden a todo el personal estatutario. El cocinero sabe los tipos de dietas que existen y elabora sus menús diarios atendiendo al número de dietas de cada tipo que se piden desde las plantas hospitalarias. El cocinero es el jefe de la cocina, quien dirige el trabajo de los pinches que le prestan su colaboración, que preparan los alimentos para que pueda cocinarlos. La categoría estatutaria de Cocinero está dentro del subgrupo de clasificación C1 y la titulación requerida para el puesto es el Bachiller o equivalente (Técnico Superior en cualquier especialidad sanitaria o no sanitaria).
Índice
1. INTRODUCCIÓN
2. CONTENIDOS
- TÉCNICO SUPERIOR DE IMAGEN PARA EL DIAGNÓSTICO Y MEDICINA NUCLEAR
- TCAE
- TÉCNICO SUPERIOR INFORMÁTICO
- COCINERO
- AUXILIAR ADMINISTRATIVO
- CELADOR
3. GLOSARIO
4. BIBLIOGRAFÍA